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RESOLUCIÓN 31 de mayo de 2017, del Director General de Cultura y Patrimonio, por la que se abre trámite de audiencia que se notifica a los interesados en el expediente iniciado para la declaración del puente colgante de Jánovas sobre el río Ara, sito en el término municipal de Fiscal (Huesca), como bien de interés cultural, en la categoría de monumento.

Publicado el 13/06/2017 (Nº 111)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante la Resolución, de 8 de febrero de 2017, de la Dirección General de Cultura y Patrimonio, se modificó la Resolución de 7 de octubre de 2016, de la Dirección General de Cultura y Patrimonio, por la que se incoaba procedimiento y se abría un periodo de información pública para la declaración del puente colgante de Jánovas sobre el río Ara como bien catalogado del patrimonio cultural aragonés y se incoó nuevo procedimiento para declarar el puente colgante de Jánovas sobre el río Ara como bien de interés cultural en la categoría de monumento y se abrió un periodo de información pública. Esta resolución fue publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", de 24 de febrero de 2017.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece en el artículo 82 establece que instruido el procedimiento e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrá de manifiesto a los interesados o en su caso, a sus representantes. Los interesados en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.

Asimismo procede publicar nuevamente como anexo, el plano de delimitación provisional del puente colgante de Jánovas, dado que se ha advertido un error consistente en no incluir en la leyenda de las parcelas, la parcela correspondiente al polígono 4 parcela 8 (en parte y sólo en el área delimitada), que si estaba incluida gráficamente dentro de la delimitación del entorno del puente colgante de Jánovas sobre el río Ara pero no estaba en la leyenda de las parcelas.

Dada la imposibilidad de notificar personalmente la apertura del trámite de audiencia a todos los interesados en el procedimiento de declaración, por ignorarse el lugar en el que debe realizarse la notificación a algunos de ellos y estar algunas parcelas en proceso de reversión a otros titulares, conforme a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, en relación con el citado expediente, el Director General de Patrimonio Cultural acuerda:

Primero.- Abrir un periodo de audiencia a los interesados por un plazo de diez días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución. Durante este plazo los interesados podrán examinar el correspondiente expediente administrativo en las oficinas de la Dirección General de Cultura y Patrimonio del Gobierno de Aragón (avenida de Ranillas 5D, 2.ª planta, de Zaragoza, en horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas), así como alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, dirigiéndose a la dirección antes indicada.

Segundo.- Advertido error, procede publicar un anexo con el plano de delimitación provisional del puente colgante de Jánovas sobre el río Ara, incluyendo en la leyenda la parcela correspondiente al polígono 4 parcela 8 (en parte y sólo el área delimitada) que sustituye al anterior plano publicado en la resolución de inicio.

Tercero.- Comunicar la presente resolución al Ayuntamiento de Fiscal para que proceda a su publicación el tablón de edictos del ayuntamiento.

Zaragoza, 31 de mayo de 2017.- El Director General de Cultura y Patrimonio, Ignacio Escuín Borao.